Durante el mes de noviembre, la subsecretaría jurídica del Ministerio de Gobierno y Policía realizó cuatro talleres de consulta, en Quito, Guayaquil, Cuenca y Riobamba, recogiendo insumos sobre la futura ley de igualdad y libertad religiosa con la participación de la mayoría de entidades religiosas del país.
Consecuencia de ese proceso, se nombró una comisión de redacción de la propuesta de Ley y entre ellos varios delegados de entidades evangélicas somos parte de ello.
Con este antecedente, pongo en conocimiento de ustedes un resumen ejecutivo del proceso:
1er INFORME DE PARTICIPACION comisión redacción proyecto ley de igualdad y libertad religiosa – ministerio de gobierno. Quito, 8 de diciembre de 2009.
Resumen:
Recibimos un material que contiene el compendio de las cuatro mesas de diálogo desarrollados en el Quito, Guayaquil, Cuenca y Riobamba.
Se nombró un Coordinador y Secretario, recayendo en el subsecretario y su asistente.
Se estableció un cronograma de las reuniones de trabajo.
Estableció una metodología
Se punteó una estructurada elemental
Metodología:
1•Se establezca una estructura básica sobre la base de fuentes comparativas y los trabajos en las mesas.
•2•Se establezca un texto o articulado básico
•Sobre lo anterior se realice los aportes en las discusiones
•3 Una vez introducido, en la plenaria se argumente los cambios
•Se tome decisiones en lo posible decisiones consensuadas.
•Se retroalimente con todos los sectores involucrados.
•4 Una propuesta consensuada por parte de la subsecretaria y del ministerio de Gobierno para que la Presidencia presente a la Asamblea Nacional como proyecto de Ley.
Bosquejo basico de la Ley:
Nombre: Ley Orgánica de Libertad e Igualdad Religiosa.
I. Título Preliminar “Disposiciones Generales”
¢Objeto
¢Ámbito de aplicación (lo que va a tratar la ley)
¢Principios : laicidad, igualdad, libertad, rendicion de cuentas, no discriminación, respeto, cooperación.
¢Naturaleza Jurídica
II. Título Entidades Religiosas
¢Naturaleza Jurídica (definir a la entidad religiosa)
¢Inscripción y Registro legal de las Entidades Religiosas.
¢Personalidad Jurídica
¢Requisitos de Registro
No sería necesario inscribir en el Registro de la Propiedad, sólo debería inscribirse en el Ministerio correspondiente
¢Derechos y Obligaciones frente al Estado
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